Negligencia, despotismo y corrupción

El caso de ‘Martha’, las ministerios públicos protegen a los victimarios

Local23 de octubre de 2023 JOSÉ G. MARTÍNEZ

web justicia

El Centro de Justicia para las Mujeres de Durango es un centro de negligencia, despotismo, discriminación y muy posiblemente actos de corrupción. Muy distante de su razón de existencia y que reza en su eslogan publicitario: “se brinda atención a mujeres en situación de violencia de género, es decir; violencia emitida por sus parejas. Acceso inmediato a la justicia, atención y asesoría legal, acompañamiento especializado, atención médica y psicológica, agencias del Ministerio Público, Juzgados Especializados, Ludoteca, Talleres de Empoderamiento, Bolsa de Trabajo, entre otros”.

Nada de esas linduras rimbombantes.

El caso de Martha es ilustrativo. Hace dos años interpuso una denuncia en contra de sus agresores María de Jesús “N” y Ventura “N”, a quienes acusó del delito de violación a la intimidad sexual con la agravante de ser superiores jerárquicos de la víctima, quienes laboran en la Escuela Primaria Eva Sámano de López Mateos de esta capital de Durango.

El 27 de enero de 2022 Martha interpuso la denuncia ante la Fiscalía General del Estado de Durango por dicho delito penal cometido en su contra por su directora y su supervisor, en un hecho ocurrido en su centro de trabajo. Este delito de violación a la intimidad sexual está contemplado en el artículo 182  del Código Penal del Estado de Durango que a la letra dice: “Comete delito de violación a la intimidad sexual quien, por cualquier medio, difunda, exponga, divulgue, almacene, comparta, distribuya, compile, comercie, solicite, haga circular, oferte o publique, o amenace con difundir, imágenes, audios o videos de contenido real, manipulado y/o alterado de una persona desnuda parcial o totalmente o cualquier contenido erótico o sexual, ya sea impreso, grabado o digital, sin el consentimiento de la víctima, o que haya sido obtenido sin consentimiento o sin autorización, bajo engaño o manipulación”.

Esta conducta se sancionará de cuatro a ocho años de prisión y multa de doscientos ochenta y ocho a quinientos setenta y seis Unidades de Medida y Actualización. Las mismas penas se aumentarán hasta en una mitad: Cuando el sujeto activo mantenga una relación familiar, laboral, docente o educativa o de carácter político.

Las agentes del Ministerio Público del Centro de Justicia para las Mujeres que han estado a cargo de la carpeta de investigación son Karla Migdalia Riojas Agüero, Janette Zúñiga Santana y Monserrat Barraza Valera, siendo esta última  quien actualmente está a cargo de la carpeta de investigación.

En un principio en febrero de 2022 la agente del Ministerio Público Riojas Agüero, al conocer el caso y haberse presentado los elementos de prueba, le manifestó a la víctima que era un delito configurado y que se actuaría conforme  a la ley para castigar a los agresores, y que sólo faltaba por integrar a la carpeta de investigación la evaluación que realizaría el perito en psicología por parte del Centro de Justicia para las Mujeres y que dicha valoración se judicializaría de inmediato la carpeta de investigación.

Al día de hoy, Monserrat Barraza Valera continúa negándose a judicializar la carpeta de investigación, argumentando que “no ve” elementos del delito penal y lejos proteger los derechos de la víctima, muestra abiertamente su apoyo hacia los agresores actuando de la misma manera que Riojas Agüero, quien a pesar de declarar frente a testigos que se trata de un delito configurado y que existen todos los elementos en la carpeta de investigación que configuran dicho delito penal, además de que los agresores de la víctima son delincuentes confesos, ya que por escrito aceptaron haber cometido el delito.

En el Centro de Justicia para las Mujeres decidieron dejar pasar 5 meses para pedirle “respetuosa y amablemente” a la agresora quien es un servidor público con un puesto de autoridad citándola como “testigo” del hecho del delito.

Queda claro y demostrado que las agentes del Ministerio Público a cargo de la investigación de este delito penal han actuado de forma corrupta, de manera insensible y sin ética profesional, ya que deliberadamente han ignorado la ley contenida en el Código Penal del Estado de Durango que señala en el   artículo 212 el deber de investigación penal es realizar la investigación de manera inmediata, eficiente, exhaustiva, profesional e imparcial, libre de estereotipos y discriminación.  

Las agentes del Ministerio Público que han estado a cargo de la carpeta de investigación hasta el día de hoy han defendido y protegido a capa y espada a los agresores de la víctima, sin tener ningún sustento jurídico, ya que basan sus argumentos únicamente en los dichos de los agresores a pesar de que son delincuentes confesos.

Además de estos hechos de negligencia y posiblemente de corrupción las agentes del Ministerio Público mencionadas, han tratado a la víctima con despotismo y discriminación. Y por si fuera poco no han realizado su labor de manera profesional al negarse a promover la persecución penal y dirigir la investigación de los delitos de acción pública; además velar por el estricto cumplimiento de las leyes, a pesar de que la abogada Karla Migdalia Riojas a los 3 meses de la denuncia del delito aseguró  que la carpeta de investigación contaba con los elementos suficientes para judicializar la carpeta, además de dictaminar frente a dos testigos y en presencia de que se trataba de un delito configurado.

En sus actos y tratos discriminatorios hacia la víctima, las agentes están ignorando el artículo 131 el cual dice que “para los efectos del presente Código, el Ministerio Público tendrá las siguientes obligaciones: Vigilar que en toda investigación de los delitos se cumpla estrictamente con los derechos humanos reconocidos en la Constitución”.

A casi dos años del hecho del delito, quien ahora está a cargo de la carpeta de investigación, Monserrat Barraza Valera, continúa defendiendo y protegiendo a los agresores de la víctima diciendo textualmente que ella no ve ningún elemento del delito penal cometido, y por supuesto que no lo ve, porque siempre cuando acude la víctima a ella, la agente mantiene su mirada en el esmalte de sus uñas o en su celular, sin dignarse siquiera a voltear a ver a la víctima, en claro acto de prepotencia, y además dice que nunca ha visto elementos de prueba del delito contenidos en la carpeta de investigación, mismos que fueron  analizados por peritos de la Fiscalía General del Estado de Durango, los cuales comprueban fehacientemente los hechos que configuran el delito penal, así como los daños psicológicos, emocionales y físicos ocasionados a la víctima.

En este medio seguiremos puntualmente el desenlace de este caso de negligencia, despotismo, discriminación y muy posiblemente actos de corrupción, ya que tanto el gobernador del Estado Esteban Villegas Villarreal como la fiscal Sonia Yadira de la Garza Fragoso, han afirmado en múltiples ocasiones que la protección a las víctimas especialmente a las mujeres y niños es prioridad en este gobierno.

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